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Pese a que el acuerdo del Brexit es muy reciente, y es necesario ver con detalle las implicaciones del pacto logrado, la afectación sobre la validez de los ETAs y sus correspondientes marcados CE son las que el Instituto de Tecnología de la Construcción de Cataluña, ITeC, explican. "A medida que se vayan consolidando las nuevas condiciones relativas a la certificación de los productos de construcción en el Reino Unido, el ITeC seguirá informando con la máxima puntualidad posible", aseguran.
Estos ETAs y marcados CE han dejado de ser válidos a partir del 1 de enero de 2021. Con el fin de conservar sus ETAs y marcados CE, los fabricantes deben solicitar la transferencia de su ETA y de su marcado CE a un organismo de la EOTA y a un organismo notificado (en los casos bajo los sistemas 2+, 1 y 1+), establecidos en la Unión Europea.
(Más información acerca de la transferencia de los ETAs a organismos establecidos en la UE).
"Desde el ITeC podemos transferir un ETA emitido por un organismo del Reino Unido, a petición del fabricante titular del ETA, sea cual sea la familia de productos, dado que el ITeC está autorizado para todas las áreas de productos del Reglamento de productos de la construcción 305/2011", explican.
Tras el Brexit el Reino Unido abandonará el sistema armonizado europeo, y por lo tanto los ETAs y marcados CE dejarán de ser instrumentos válidos para comercializar productos en el mercado interior del Reino Unido (Inglaterra, Gales, Escocia e Irlanda del Norte, aunque para este último caso pueden existir algunas especificidades diferenciadas respecto del caso general de Gran Bretaña).
Esto no ocurrirá hasta el 1 de enero de 2022. Durante el año 2021 los ETAs y marcados CE seguirán siendo válidos, y dejarán de serlo el 1/01/2022. A partir de entonces el Reino Unido exigirá sus nuevas certificaciones nacionales, emitidas por organismos establecidos en el Reino Unido y que estén acreditados bajo los criterios y mecanismos de acreditación nacionales.